domingo, 28 de marzo de 2010

El odio a Garzón

Se trata de explicar que  lo que le ocurre a Garzón es el resultado de una serie de odios que le persiguen acérrimamente. Garzón ha suscitado el odio con las siguientes actuaciones:

1-fue parte decisiva en la condena por prevaricación del juez Gómez de Liaño, a raíz del encausamiento que éste inició contra Polanco, Cebrián “et alteri”, cúpula del diario EL PAIS, que, según la caverna es el “culpable” de que el PSOE gane las elecciones cuando así lo hace, realizando una declaración testifical que fue mortal para su colega; este motivo, en realidad, comprende 2: el haber participado decisivamente en la defensa del enemigo mortal de la derecha, EL PAIS, y el haber infringido la máxima esencial de la judicatura que prohíbe rozar siquiera con la más leve de las plumas del ala de un ángel a ningún miembro de dicha carrera;

2-cometió el imperdonable sacrilegio de iniciar una causa penal contra el franquismo, siendo así que el 75% de los jueces más que ultraderechistas son franquistas ya sea por haber accedido a la judicatura durante el franquismo, ya sea por ser hijos de éstos y haberse formado bajo la enseñanza de jueces franquistas;

3-no contento con esto, inició otra causa penal contra los corruptos comprendidos en la trama Gürtel, todos sin excepción acólitos del PP, a lo largo de la cual saltó la evidencia de una financiación ilegal de dicho partido, lo que ataca directamente la propia esencia de la judicatura que por extracción social, formación e intereses vitales y profesionales se incardinan de hoz y coz en este partido de la ultraderecha;

4-luego,  los motivos estrictamente personales que intervienen en muchas de las filias y de las fobias: no se sabe muy bien por qué, el juez Varela, martillo pilón de la Sala de lo Penal del TS, odia a muerte a Garzón, de tal modo que lo 1º que hacía, cada año, cuando iniciaba las clases de los alumnos que preparaba a las oposiciones a Judicatura, les decía que debían de huir como de la peste de esa mierda de juez que representaba Garzón, un sujeto tan insufrible que había llegado a considerarse un Dios, de tal modo que él, Varela, les decía a sus alumnos que Dios había venido a este puñetero mundo 2 veces, una en Belén, personificado en Jesucristo, y, otra, en Jaén, personificado en Garzón;

5-y, por último, los motivos políticos: todo ese inmenso reducto del más feroz fascismo español que se concreta en los falangistas,  esencialistas católicos, opus Dei, legionarios de Cristo Rey, Fuerza Nueva, Kikos, etc., cuyo odio a un juez aparentemente progresista que se aliaba contra sus enemigos naturales provocaba el más dañino de todos los odios que persiguen a nuestro juez.

Quiero aprovechar aquí la ocasión para insistir en algo que no parece suficientemente claro para algunos: ni a mí ni a nadie con un mínimo de decencia se le ocurriría justificar la condena de Garzón por prevaricación porque este delito, incluido en el Código Penal dentro del Capítulo de los delitos contra la Administación de Justicia, implica, como es lógico, una lesión del bien jurídico que en dicho capítulo se trata de proteger, la buena administración de la justicia.

Entonces, la conducta de Garzón, tratando de satisfacer el ansia irrefrenable de cientos de miles de ciudadanos españoles de averiguar qué les ocurrió a sus familiares desaparecidos y donde están enterrados sus cadáveres, que el propio juez Varela insiste en su Auto que era el motivo fundamental de las peticiones de los mismos, no puede, en modo alguno, considerarse delictivo precisamente porque de lo que trataba el instructor era encontrar alguna manera de satisfacer el derecho de todos ellos a encontrar una reparación a su desgracia a través de los tribunales de justicia. Si se equivocó al elegir el procedimiento y al aceptar su propia competencia para tramitar una causa que no tenía ninguna viabilidad puesto que no se trataba de perseguir unas responsabilidades penales ya extinguidas totalmente por el fallecimiento de los supuesto culpables siendo también inaplicables al caso la Declaración de los Derechos Humanos,el Pacto y la Convención que los ratifican, al ser la admisión de los mismos por el Estado español, posterior a la llamada ley de Amnstía lo que imposibilita la aplicación de aquéllos en tanto en cuanto no favorecen sino que perjudican a los posibles reos, lo que realmente ha habido por parte de Garzón es posible que sea un exceso de celo en servir a una Justicia ultrajada y ya irreparable, pero en modo alguno, una actuación injusta consciente y mendaz, de manera que condenarle por ello sí que sería realmente injusto y arbitrario. Dejemos, pues, la fiesta en paz, para que no sea , ahora, enjuiciándolo a él cuando se vulnere la justicia de una manera consciente y deliberada.

 Bien, pero, como ya he dicho antes, el problema auténtico reside en la cadena de odios que persigue a Garzón y en la apariencia de antijuricidad de su conducta, al hacerse cargo de un asunto cuyo conocimiento no le correspondía ni por la competencia objetiva, ya que la aplicación de las Normas internacionales penales estaba expresamente prohibida por la ley de Amnistía, ni tampoco la territorial que, en lo que se refiere a la averiguación de la situación de los cuerpos de los desaparecidos según la Ley de Memoría Histórica corresponde a los juzgados de los territorios en los que se supone que están enterrados. Alguien ha dicho por aquí que Garzón, un profesional con una enorme experiencia en estos asuntos, no podía ignorar todo esto y que lo hizo todo por poner en evidencia a los jueces derechistas. No creo que debamos insistir en esa línea de defensa que en nada le beneficia. Garzón se equivocó, como otros miles de jueces se equivocan todos los días en los tribunales españoles sin cometer por ello, prevaricación. ¿Por qué si a ellos no se les imputa por este delito, a Garzón, sí? Ésta es la línea de defensa que se debe seguir y que yo, particularmente, creo que no va a ser aceptada por sus enemigos mortales.

Ojalà me equivoque. Buenas noches  y buena suerte para este buen juez.


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